Dirección: Pl. del Marqués de Salamanca, 10, 28006 Madrid, España
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Pep toni Juan serra
Trabajan por y para formar a los Administradores de Fincas Colegiados, para que estos puedan asesorar profesionalmente a sus propietarios
YolandaKar-IGUALDAD cargachaga
ESTE CONCEJO NO ATIENDE NADA DE CARACTER PUBLICO, NI DUDAS DE CARACTER GENERAL.. NO SE QUE SENTIDO TIENE ESTE CONSEJO.
R. A.
Es muy complicado poner una queja a un administrador, según informan solo lo puede hacer el presidente de la comunidad de vecinos.
Jesus Castillo
Se pasaron la pelota De tod9s modos gracias
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Si la colegializacion es obligatoria qué pasa con los Administradores qué no están colegiados y pueden ser un descredito para la Profesión.
Primer error la colegiación no es obligatoria. Segundo error existen administradores colegiados que desprestigian la profesión.
Quién tiene que poner un documento en el bloque informando de la reunión es el administrador o el presidente?
La LPH establece en el art.16.1 que el convocante de la Junta de Propietarios es el Presidente. Puede convocarse excepcionalmente por el 25% de propietarios que a su vez supongan el 25% cuotas de participación siempre que exista inación por parte del presidente para convocar. También puede convocar el AF por delegación expresa del Presidente pero nunca a iniciativa propia. Para cualquier duda puede dirigirse a su Administrador que le dará respuesta.
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