Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid

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Comentarios

Juan Madrid

sep 30, 2022

Falta de respeto y total coorporativismo, no contestan ninguna pregunta que pueda ir en contra de los administradores de finca, te hacen caer en su burocracia

Mercedes Pérez

sep 8, 2022

Tal como lo plantean al inicio parece que se puede hacer preguntas particulares y con las respuestas pueden ayudar a mucha gente. Luego sale emisora de radio dando respuestas y ya que he dejado mis datos y no he querido hablar mal de ningún profesional. Hubieran tardado menos en dar la respuesta que en todo lo que han escrito

Gloria AGUDO GISBERT

sep 1, 2022

Podrían decirme como puedo obligar al administrador de mi finca a que cumpla con sus obligaciones? . No quiero demandar a éste y al presidente, el cual pasa del problema. Desde mayo de este año hay una cartel Pegado en los portales para que se retiren enseres en portales y descansillos; éste anuncia que si los vecinos no retiran los enseres serán retirados en un plazo de 15 días. Estamos en septiembre de 2002. Se habló en junta y se publicó en acta. Le he llamado y enviado correos más de treinta veces. Siempre da excusas. Llevo con este problema cinco años y medio y dos administradores . El primero me mintió y el Segundo parece ser que no le molesta porque no vive en la urbanización. Lo mejor de todo es que es abogado. Gracias!!!! Desesperada !!!!!

Maritxy R.P

ago 27, 2022

Quecel barrio es muy tranquilo.pero demasiado tranquilo

¡Gracias! Tu reseña está pendiente de moderación.

Preguntas y Respuestas

La administradora a omitido cosas en el acta, cómo la votación para cambiar de administración , devolución de cuotas a propietarios de más, por error de ella, y la forma de devolución q propone es diferente a la q se acordó en la reunión.

Eva M | oct 11, 2019
Javier Romero | oct 10, 2020

Hola Eva. Mi nombre es Javier Romero, colegiado 10.587. Si la comunidad piensa que la administradora no ha reflejado la realidad de la junta en el acta, lo primero que se debe hacer es requerirle que haga los cambio que estimeis oportunos, a través del presidente de la comunidad. Estoy seguro de que os dará las explicaciones necesarias, y, en caso de que haya cometido un error, lo corregirá inmediatamente. En caso de conflicto teneis en el mismo colegio de administradores de fincas un comité deontológico que os ayudará a solventar cualquier conflicto con vuestro administrador o exadministrador.

¿Existe una comisión disciplinaria en el colegio de administradores donde podamos presentar una queja de uno de sus administradores colegiados? Tenemos pruebas que demuestran la negligencia del administrador.

Inés Del Alma Mía | oct 10, 2020
Inés Del Alma Mía | oct 10, 2020

Para Javier Romero. Para empezar es colegio profesional. No oficial como indica. El colegio profesional de administradores de fincas no vela más que por los intereses de sus afiliados, los comuneros estamos totalmente desprotegidos cuando entra un administrador corrupto en nuestra Comunidad, si quieres justicia debemos rascarnos el bolsillo en los tribunales, esto lo saben muy bien ellos. En nuestro caso, nos ha obligado a contratar los servicios de prevención de riesgos laborales y el de coordinación de actividades empresariales, ambos servicios no son necesarios por Ley, además el informe que ha hecho las empresas de PRL de su amigo no son más que referencias genéricas, ni siquiera se han molestado en hacer un informe vinculante a nuestro edificio y para colmo ya llevan dos años haciendo el mismo informe pero cambiando la fecha, cualquiera podría hacer ese informe sacando los datos por internet. Intentaremos denunciarle. Esto es una estafa.

Javier Romero | oct 10, 2020

En el Colegio Oficial de Administradores existe un departamento deontológico, que vela por el buen hacer de los administradores colegiados. De todas formas, y sin querer contradecirle, siempre hay que escuchar ambas versiones, y, a veces, lo que para un cliente supone una negligencia, puede no considerarse así por otras personas. Si de verdad entienden que existió negligencia por parte del administrador y que ésta les ha perjudicado de alguna manera, les aconsejo que intenten llegar a un acuerdo con él. En caso contrario, por supuesto tienen abiertas las puertas del Colegio, donde estoy seguro que les atenderán estupendamente, e incluso tienen el recurso de los tribunales donde podrían presentar una demanda contra su administrador. Los administradores colegiados tenemos firmados un seguro de responsabilidad civil para poder atender cualquier daño que se hubiera causado en el ejercicio de nuestra profesión.

Mi administrador hace años no me convoca a reuniones, no me da cuentas, presupuestos ni ninguna información, aún pidiendoselo no me entrega toda la información solicitada, que puedo hacer?

Fran Sánchez Torres | oct 11, 2019
Javier Romero | oct 10, 2020

Buenos días: Mi nombre es Francisco Javier Romero, y soy administrador colegiado con el número 10.587. Aunque la convocatoria de las juntas se deben hacer por el presidente, o, en su defecto por al menos el 25 % de los propietarios, si es tarea del administrador velar por que se cumpla la ley, en especial la LPH, que en su artículo 16 indica que la junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos, cuentas...Si la comunidad no está contenta con su administrador, siempre puede convocar una junta para cambiarlo. De todas formas, yo antes intentaría pedir explicaciones al administrador, y ver si han existido razones de fuerza mayor para la situación expuesta.

Instalación de antena de Radioaficionado, en el torreón de la finca, Se adjunta resolución de Telecomunicaciones. La comunidad se niega a que se instale. Tienen potestad frente a la Ley de antenas???

Alfonso Ornedo Márquez | oct 11, 2019
Alfonso Ornedo Márquez | oct 11, 2019

La comunidad tiene derecho a negar la instalación?

Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Cuál es la pregunta

Se puede llevar un presupuesto para la colocación de cámaras de vigilancia sin votar antes los propietarios si las quieren. Solamente porque el presidente las quiere. En junta ordinaria .

Eva M | oct 11, 2019
Santi | oct 11, 2019

Solo se puede votar los puntos que conforman el orden del dia. Para votar la instalación de las camaras tiene que figurar en el orden del dia. Y su aprobacion requiere de una mayoria cualificada 3/5

En q artículo bde la ley de propiedad horizontal dice q la administradora debe poner su cargo a disposición de lo propietarios en una junta ordinaria. Gracias

Eva M | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

No hay un precepto explícito sobre lo que pregunta. Pero el Art 13, incisos 5,6 y 7 de la Ley de Propiedad Horizontal determinan el nombramiento del cargo de administrador, que tiene una duración de un año ( inciso 7) salvo que sean removidos de su cargo por la Junta de Propietarios en Junta Extraordinaria.

AYER 13/3/19 tuvimos reunion ordinaria de vecinos, VARIOS VECINOS INDICAMOS QUE QUERIAMOS LLEVAR A VOTACION LA RENOVACION DE LA ADMINISTRADORA y nos dijo la administradora que no se podia hacer porque no venia en el punto del dia,es LEGAL

Antonio Redondo | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Sí, es legal, pero solo sirve para ganar una semana de tiempo o menos.Puede el presidente convocar una junta extraordinaria con un solo punto del orden del día: cambio de administrador.El acuerdo adoptado será vinculante para el administrador.No obstante tengan presente qué contrato firmaron con la administradora.Si es por una duración de un año y han pasado cuatro meses. P.ej. deberán sopesar los pros y los contras de rescindir antes de tiempo el contrato.No es muy diferente al resto de los contratos.

Me gustaría saber si un administrador está cokegiado y si es legal 2 comunidades en paralelo en la comunidad. gracias

Silvia | jun 12, 2022
Asesoría y Administración Palos de la Frontera 25 | jun 12, 2022

No es necesario estar colegiado oara ejerce profeaionalmente como administrador. Es una grantía tener un colegio profesional detras para garantizar tu buena practica profesional. 0or otro lado necesito mas informacion para responder a la segunda parte de la pregunta.

jose escribano | jul 12, 2022

Tiene derecho el administrador de una comunidad de vecinos de Madrid. Cobrar el Certificado Digital.

Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | jun 12, 2022

Hola Silvia, Es perfectamente legal que un administrador de fincas ejerza como tal sin estar colegiado tanto si administra una sola comunidad de propietarios como varias a la vez que estén integradas en una mancomunidad. Esperamos haber resuelto tu consulta, de no ser así no dudes en facilitarnos más información por esta vía o contactando directamente con nuestras oficinas. Estaremos encantados de atenderte. Un saludo.

¿Es correcto que el administrador haya ordenado retirar el monitor en el que el portero de la finca veía las imágenes del garaje proporcionadas por las cámaras de vigilancia? Gracias

María José Abelló | oct 10, 2020
Monica H | oct 10, 2020

Si, es correcto si es un portero

Es obligatorio cambiar los estatutos de la comunidad cuando en reunión se se vota un pago de cuotas diferente al reflejado en dichos estatutos? Hay que registrar el cambio en el "Colegio de administradores de la propiedad?

Aurora Hernandez | oct 11, 2019
optimizo comunidades s.l | oct 11, 2019

Si se cambian los coeficientes deberían cambiarse en el registro de la propiedad para que tengan total validez, en caso contrario solo afectarán a los propietarios que tenían en propiedad esa vivienda en el momento del acuerdo , un propietario que compre con posterioridad sino está inscrito en el registro de la propiedad puede negarse a pagar en virtud de ese acuerdo y tendrán que volver a los coeficientes anteriores

pregunto si esta colegiada d º maria Teresa Parra

carli carli | oct 11, 2019
Antonio Del pozo | oct 11, 2019

quiero saber si Tena & Segura s.l. esta colegiado

Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Buenas tardes carli necesitaría más datos para comprobarlo

Si el administrador de mi garaje no hace caso a mis requerimientos como presidenta de éste porque un vecino de la finca nos lo está inundando de agua. Qué puedo hacer para que me atienda.

Delia Vindel | oct 11, 2017
Antonio Vicente | oct 11, 2017

Mandarle una carta certificada con acuse de recibo, apercibiendole de que si no atiende a sus funciones de velar por la comunidad tras reiterados avisos, se denunciará el contrato que mantienen.

la asamblea en junta ordinaria, aprobo y asi esta en el acta de esa junta, hacer requerimiento formal a un vecino. El administrador no lo ha hecho, aunque dice que si, le pedimos copia y no nos la quiere dar. Que podemos hacer?

RHNegativo | sep 26, 2022
Gloria AGUDO GISBERT | sep 26, 2022

Llama al colegio profesional de administradores de fincas. Pregunta por el departamento de deontología y allí te informan del escrito y documentación que tienes que hacer . Imprescindible firma del presidente de la comunidad.

Es legal cobrar por un certificado de estar al día en las cuotas de la Comunidad?

Ángeles Pedraza del Toro | sep 10, 2022
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | sep 10, 2022

Hola Ángeles, El certificado es un documento fundamental en la compraventa, es exigido por el notario y debe ir con la firma del Administrador y estar fechado cercano a la compraventa. No lo puede certificar nadie más que el Administrador/Secretario de la Junta y es un servicio al propietario y no a la Comunidad por lo que se factura aparte de los honorarios de administración mensuales e individualmente al propietario, con sus datos fiscales. Es completamente legal cobrar por dicho servicio la tarifa que el Administrador decida, pues no hay una tarifa fija, aunque suelen rondar entre los 20 y los 60 euros. El Administrador tiene la obligación de certificar y es el responsable de CERTIFICAR OFICIALMENTE que una propiedad está sin cargas o deudas. Si se equivoca, certifica erróneamente y hay deuda, el Administrador debe responsabilizarse de dicho error. Esperamos haberte sido de ayuda. Un saludo.

Tengo un vecino que todas las noches organiza fiestas ruidosas. LLevo 2 años informando al Administrador para que lo notifique al propietario de las molestias acústicas ¿Es obligación del administrador intentar subsanar este asunto?

Marisa Morales de Castilla | abr 13, 2022
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | abr 13, 2022

Hola Marisa, Las fiestas suponen un ruido que excede lo permitido, normalmente, tanto por las horas como por el exceso de ruido. Lo que tiene que hacer primero es denunciar a ese propietario ante la policía local, para que se personen y aperciban al inquilino. Normalmente levantan un atestado y comprueban los niveles sonoros y pueden proceder a su denuncia y sanción. Por otro lado, la Comunidad puede tratar este asunto en Junta de Propietarios y acordar una Acción de Cesación que interpondrán ante el inquilino ruidoso, y serán los tribunales de Justicia los que determinen las consecuencias de su comportamiento. Un saludo.

Una Comunidad de Bienes formada por 4 propietarios que aportan en total 12 viviendas situados en la misma Comunidad de vecinos,. ¿A cuantos votos en la C. de vecinos tiene derecho la C. de Bienes y los propietarios?.

ROBERTO GARCIA | feb 12, 2022
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | feb 12, 2022

Hola, la situación se resuelve de la siguiente forma: Número de votos, 4 Coeficiente, la suma de las propiedades de cada uno. Ejemplo: Votos a favor: 4 (máximo porque solo son dos titulares) Votos en contra: 0 Doble mayoría (de votos y de coeficientes) Saludos,

Buenos días desearía saber si el administrador de fincas está obligado a gestionar las subvenciones de la instalación de un ascensor en la finca o, como dice él, hay que contratar una empresa externa y pagarla, para que gestione esas subvenciones

ANDRES BLANCAS DIEZ | feb 12, 2022
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | feb 12, 2022

Hola Andrés, el administrador facilitará toda la información existente en relación a todas las subvenciones que apliquen a la instalación de ese ascensor. Los más indicados, ya que hay que presentar mucha documentación técnica, para presentarla de forma efectiva ante los organismos correspondientes, son los arquitectos que vayan a hacer el proyecto, pues es preceptiva su firma en dicho proyecto y saben perfectamente qué deben aportar, y normalmente lo incluyen en sus presupuestos. Saludos,

Hola buenos días: Soy presidente de una comunidad de vecinos, en el municipio de Möstoles, hemos tenido un percance gordo con el ascensor de la finca.. ¿puede el colegio facilitarnos un tecnico para emitir un informe? quisieramos demandadar .

CRISTOBAL ZAPATA BAEZ | nov 14, 2021
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | nov 14, 2021

Hola, hemos remitido su solicitud a nuestros asesores. ¿Podría facilitarnos alguna forma de contacto? Gracias. Saludos,

Buenas tardes, El administrador de mi comunidad es el hijo de un vecino que a las juntas lleva bastantes representados y por tanto controla todas las decisiones. Los presidentes inactivos. ¿Qué se puede hacer?. Saludos. Gracias.

Antonio del Alamo López | nov 14, 2021
Santi | nov 14, 2021

Poco se puede hacer. De acuerdo con la LPH las decisiones se toman por mayorías simples o cualificadas, según tipo de acuerdo. Solo podrás impugnar el acuerdo adoptado si es contrario a la Ley, Estatutos, son gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios o cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho

En mi Comunidad tengo a JCfincas, ha nombrado presidente a un señor mayor que esta en una residencia y lleva 3 años sin celebrar junta de vecinos con la excusa del covid, para evitar su destitución. Tampoco tenemos vicepresidente/a yenultima reunion

dir esp (Dir) | nov 14, 2021
Santi | nov 14, 2021

Quien tiene capacidad de convocar Junta de propietarios es el presidente o si lo solicitan el 25% de los propietarios.

se convocó una Junta Ordinaria y "in situ" se convirtió en una "Junta Extraordinaria" con un punto único " Elección de un nuevo administrador". Se dijo que había dimitido el anterior. No se convocó la Junta Extraordinaria. Es legal?

Francisco Montero | oct 10, 2021
Santi | oct 10, 2021

La convocatoria debe figurar el convocante (presidente de la Comunidad), asuntos a tratar, lugar, día y hora en la que se celebrará en primera o en su caso en segunda convocatoria y los propietarios sin derecho a voto. Si cumple requisitos anteriores es válida la convocatoria

A partir de que fecha se anulará la limitación de aforos de reuniones de Comunidad de vecinos.??.

Valpair aviacion Valpair | oct 10, 2021
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | nov 14, 2021

Hola, desde el 4 de octubre la Comunidad de Madrid eliminó los aforos máximos en las juntas de propietarios. Pero la celebración de estas reuniones está supeditada a lo establecido por el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, de ámbito estatal, por lo que 𝘀𝗼𝗹𝗼 𝗽𝗼𝗱𝗿𝗮́𝗻 𝗰𝗲𝗹𝗲𝗯𝗿𝗮𝗿𝘀𝗲 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗿𝗲𝘀𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 𝘂𝗻 𝗮𝘀𝘂𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝘂𝗿𝗴𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗻𝗲𝗰𝗲𝘀𝗶𝗱𝗮𝗱.

Soy el presidente de una finca y llevo tres años sin que se haya hecho una junta para nombrar un sustituto y ahora que se pueden hacer la acministradora se niega a hacerla porque no quiere renovar el contrato. Quisiera saber si se puede negar

Julio Montero garcia | oct 10, 2021
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | oct 10, 2021

Hola, el RDL 8/21 de 4 de mayo en su art. 2 señala que hasta el 31 de diciembre de 2021 se suspende la obligación de convocar junta a los solos efectos de renovar los cargos dado que se entienden prorrogados hasta la citada fecha. No obstante, si su situación personal le impide ejercer el cargo hasta el 31 de diciembre, podrá convocar una junta para tratar su cargo y que la junta adopte un acuerdo al efecto. La junta deberá celebrarse cumpliendo con las limitaciones de aforo y distancia interpersonal derivada de la normativa COVID-19. Saludos,

¿ Puede un Administrador cobrar por un certificado que ha expedido, para señalar que el piso en cuestión y su dueño están al corriente de pago de Comunidad?. ¿Es legal?. ¿ No forma parte de sus obligaciones por las que ya cobra a la Comunidad?.

Gregorio Campelo Alvarez | oct 10, 2021
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | oct 10, 2021

Hola En virtud del artículo 9.1.e de la Ley de Propiedad Horizontal en el instrumento público mediante el que se transmita, por cualquier título, la vivienda o local el transmitente, deberá declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios o expresar los que adeude. El transmitente deberá aportar en este momento certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente. La certificación será emitida en el plazo máximo de 7 días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente. Ahora bien, al tratarse de un gasto susceptible de individualización y no encontrarse incluido dentro de los honorarios del administrador, el propietario estará obligado a pagar el importe solicitado por el secretario-administrador

Tiene obligación el administrador de entregarte una copia de un contrato por correo electrónico. Gracias

Un usuario de Google | oct 10, 2021
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid | oct 10, 2021

Hola, el administrador solo puede entregar a un propietario aquella documentación que sea imprescindible para el fin buscado. Saludos,

Buenos días, ¿Cual es la periodicidad que está establecida legalmente para la realización de juntas de propietarios?

Ana Herrero-Botas Vigil | oct 10, 2020
Alicia Pastrana | oct 10, 2020

1 ordinaria al año, pero ahora con el covid el colegio recomienda no hacerlas. Solo en caso de urgencia

A fecha actual,se pueden y deben, celebrar juntas de vecinos de forma telemática?gracias

Charo Cristobal Dolado | oct 10, 2020
Alicia Pastrana | oct 10, 2020

No es legal. Es motivo de impugnación por parte de cualquier propietario

Buenas tardes!!!! Quisiera saber cuando se pueden hacer reuniones porque la administración dice que no se pueden hacer y yo solo veo en otros bloques que están haciendo reuniones. Muchas gracias

David Gutierrez Escobar | oct 10, 2020
optimizo comunidades s.l | oct 10, 2020

Pues depende del número de personas que sean hay administraciones como la nuestra que realizan juntas online evitando el riesgo de contagio , ahora no están recomendadas

Nuestra administradora desde hace muchos años, no estamos contentos con los servicios que nos está prestando, no nos informa de cosas que tenemos q modificar por normativas nuevas. Que podemos hacer? Se le puede abrir algún expediente sancionador?

Rebeca Cogorro Cano | oct 10, 2020
optimizo comunidades s.l | oct 10, 2020

Si no están contentos lo lógico es que cambien , para que el colegio abra un expediente dependerá de lo que haya hecho y tendrán que demostrárselo de forma fehaciente

Se puede reclamar el dinero abonado, durante un año, de una instalación comunitaria que no se va a usar por decisión vecinal?? Me refiero a la piscina

Maria Angeles Huerta | oct 10, 2020
Jesus Castillo | oct 10, 2020

Consulte con el colegio

optimizo comunidades s.l | oct 10, 2020

No se va a usar?

Buenos días . Pueden NO abrir las zonas comunes de mi comunidad aunque se haya votado? Y si es así que participación y que número de votos es necesario? Puede la piscina entrar y multar me dentro de mi comunidad??

Alex Gomez del Pozo | oct 10, 2020
Jesus Castillo | oct 10, 2020

Llame al Colegio Yo no se de leyes de propiedad horizontal.

Se pueden hacer juntas ordinarias ya?? Porque nuestra administración hace portales sin haber hecho junta de Mancomunidad y de ahí salen los presupuestos para los portales

CJ MUÑOZ | oct 10, 2020
Jesus Castillo | oct 10, 2020

Creo que No,por el aforo. No obstante llame al colegio,y le informarán.

Nuestro administrador lleva las cuentas como hace 30 años en papeles sueltos, ha sido incapaz de instalar una contabilidad y no hay manera de conseguir que nos entregue ni un balance ni un mayor completo. Existe alguna recomendación del colegio?

Manuel Cidoncha | oct 11, 2019
Rafael Martin Perez | oct 11, 2019

Llama al colegio y preguntas yo no lo sé

Si una admon. cesa a finales nvbre 19, y se inhibe, desde cuando puede actuar la siguiente si hay una fuga de agua en bajante y el seguro comunica a la presidenta por telef. que ha rec.informe perito y debe asumir arreglo la comunidad? informe de

FERMINA DE LA CALLE SERRANO | oct 11, 2019
optimizo comunidades s.l | oct 11, 2019

Desde el mismo momento que entre

Buenas noches. Tengo problemas fuga agua bajada. El administrador cesara 30.11.2019, pero el dice que ya no es administrafor y no hace caso. Que se puede hscer?

FERMINA DE LA CALLE SERRANO | oct 11, 2019
Valentin Vallejo | oct 10, 2021

Cariño de las ostias.

Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Póngase en contacto con la junta directiva de la comunidad presidente y vicepresidente si tienen este cargo y que se ocupen de solventarlo ya sea mediante un parte al seguro o la contratación de una empresa. Respecto a su administrador si indica que ya está cesado deberán contratar uno nuevo a la mayor brevedad. Si necesitan presupuesto estamos a su disposición.

optimizo comunidades s.l | oct 11, 2019

Hablé con el presidente para que se arregle, de todos modos el administrador debe atenderles o sino lo es dejar de cobrar y coger a otro, nosotros estamos cerca por si necesita presupuesto

Antes de publicar a los propietarios morosos El administrador tiene q comunicar la deuda a estos?

Eva M | oct 11, 2019
Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Primero se ha de certificar la deuda en una junta. Posteriormente comunicar la deuda por burofax y en el caso de que este no sea recogido, se publicará en el tablón de anuncios siempre respetando la LOPD., tras 3 días de su publicación en el tablón se deberá de retirar del mismo. Y continuar con los acuerdos adoptados en junta como presentar procedimiento monitorio

Si tú eres propietario de dos pisos en la misma comunidad, y pagas por dos. Por q a la hora de votar votas por uno?

Eva M | oct 11, 2019
Alicia Pastrana | oct 11, 2019

Es un voto, pero si suman coeficientes

Jose Antonio Carmona | oct 11, 2019

Tu voto pondera por coeficiente ...

Como propietario puedo pedir mensualmente las cuentas y una relación de los documentos q firma el presidente. Si la administradora lo niega? Gracias

Eva M | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Hay que ir a lo acordado en Junta de Propietarios.Presentación de balances mensuales, trimestrales, etc.. Pero contestando a su pregunta, el Administrador no debe tener problema alguno en presentar un mayor mensual.Otra cosa es que pueda pedirse lo mismo al presidente.Como tal, puede demorar la rendición de cuentas al cierre de ejercicio, salvo que el 25% de los propietarios y que representen el 25% lo reclamen.

La administradora lleva desde septiembre sin poner al día las cuentas de la comunidad. Es lo normal?

Eva M | oct 11, 2019
Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

A que te refieres con que no pinte las cuentas al día. El cierre contable de la comunidad os lo tiene que presentar unas vez al año y debe comprender 12 meses. Si no habéis realizado la junta ordinaria no os lo habrá presentado lo que no quiere decir que no esté gestionando las cuentas de la comunidad

Jose Antonio Carmona | oct 11, 2019

No solicitarle que os remita las cuentas cómo ha realizado anteriormente.

2- es negligencia que el administrador no gestione con la comunidad reunión extraordinaria para dar solución a daños producidos por agua a un vecino, por grietas en la cubierta de la comunidad?

Olga C.García | oct 11, 2019
Olga C.García | oct 11, 2019

Correcto. El administrador tenía conocimiento y no gestionó nada

Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Tal como se indica, la responsabilidad procesal y extraprocesal de la Comunidad recae en el presidente tal como indica el art. 13 LPH.Cuestión distinta es,( ignoro el caso) que el administrador hubiese tenido conocimiento del daño en un elemento comunitario y no hiciese lo necesario para la conservación del edificio o bien,habiéndolo intentado no tuviera el visto bueno del presidente.Pero siempre el presidente será responsable de los omisiones en el desempeño de su cargo.De ahí la necesaria colaboración que debe existir siempre entre administrador y presidente.

Antonia Reyes | oct 11, 2019

La potestad para convocar reunión, sea ordinaria o extraordinaria, corresponde sólo al presidente. Si este no la convoca, pueden hacerlo el 25% de los vecinos

El administrador no contesta a mis peticiones de que se me entreguen unas actas ni a qué quiero ver un contrato que ha firmado el presidente. Dado que lo Segundo me atañe, tengo derecho a verlo? Tiene el administrador obligación de enseñármelo??

Teresa Pérez garcia | oct 11, 2019
Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Buenos dias Teresa, las actas se remiten a los propietarios una vez están firmadas por presidente y administrador. Si necesita copia de alguna el administrador se la facilitará. Respecto a los contratos tiene derecho como propietaria a verlo, pida cita a su administrador para visualizarlo en el despacho de este, si lo que necesita es una copia su administrador le indicará que procedimiento a de seguir para cumplir con la legislación vigente.

Q hacer si el presidente se niega a firmar aconsejado por la administrador, cualquier propuesta o solicitud de los propietarios.

Eva M | oct 11, 2019
Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Podéis juntaros el 25% de los propietarios o el 25% de la suma de coeficientes Y convocar una junta

Si en una junta ordinaria, se solicita al presidente q uno de los puntos sea el cese de la administradora. Esta lo puede cambiar o no poner? Gracias.

Eva M | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Toda junta ordinaria conlleva la renovación de la junta rectora y por tanto, la renovación de la confianza o no de los cargos comunitarios.No obstante, yo aconsejo que se incluya junto a e renovación de cargos acordar la continuidad o no del administrador.

Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

El administrador debe de poner su cargado a disposición en el punto de renovación de cargos

Alicia Pastrana | oct 11, 2019

Ha de figurar en la orden del dia. Renovacion de órganos de gobierno

¿puede el administrador de fincas y concretamente de un portal, vender su cartera de clientes a otro sin saberlo sus comunidades. ¿que podría hacer una de las comunidades en cuanto a esto?

Jose Miguel llm | oct 11, 2019
optimizo comunidades s.l | oct 11, 2019

El nombramiento en junta será del administrador anterior y tendrán que nombrar al nuevo para que sea válido

Dónde se denuncia una mala praxis. Te dicen q por revisar una documentación facturan hnos/h. No te entregan copia del contrato. Y dicen q existe un portal con tarifas públicas.

Eva M | oct 11, 2019
a l | oct 11, 2019

No existen baremos de honorarios,está prohibido por ley Si quiere formular una reclamación fundamentada asegurese de que le asiste la razón y no es un tema personal Puede dirigir escrito al Colegio de Admin de Fincas si el administrador en cuestion es colegiado,preferiblemente firmado por el/la presidente como representante legal de la cdad. que es con quien el administrador tiene vinculación

Donde presentar la denuncia de irregularidades en actas de la mancomunidad de vecinos por el administrador que nos lleva todo

Concue Castello | oct 11, 2019
optimizo comunidades s.l | oct 11, 2019

Puede presentar en el colegio de administradores o en juzgado

He pedido copia del contrato a la administradora de la comunidad y no da copia. Solo leerlo. Cómo se renueva?. Q hay q hacer para no renovarlo con la misma asesoría. Que plazo hay? Gracias

Eva M | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Los contratos que los administradores firmamos debe ( como cualquier contrato) extenderse por duplicado.Esto es, una copia la guarda el administrador y otra la comunidad.Generalmente, el contrato se renueva anualmente ( hay quién lo firma por dos o más años).Por tanto, lo habitual es que con la renovación anual de la junta rectora se pida que conste la renovación o no del administrador.Para poner fin a ese contrato, la junta de propietarios solo tendrá que tener en cuenta en la convocatoria su voluntad de rescindir el acuerdo en una nueva junta extraordinaria.Eso si, no se puede aceptar el cargo hace un mes y echarlo el día siguiente ya que en ese caso habrá que indemnizar.Lo que más me sororende es que no tengan ustedes copia del contrato que firmaron en su día. Saludos

Santi | oct 11, 2019

El administrador es un cargo que nombra la junta de propietarios. Sino hubiera contrato, se renueva o ratifica al administrador cuando se renueva al presidente o junta directiva en la junta general de cada año. Si hay contrato ver cláusula de renovación y preaviso. Habrá que avisar a la asesoría en plazo que no se renueva y en la junta general nombrar administrador

Le he solicitado a la administradora atraves de presidente.Copia de los contratos, tarifas, y facturas de sellos, burofax y certificados. Q hago si no me lo dan?. Gracias

Eva M | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Todas las facturas ( a veces notas de entrega en el caso de las fotocopias) es documentación de la Comunidad y debemos como administradores entregarlo a quién lo ha pagado.El único problema es que haya agrupado facturas de burofax o fotocopias de varias comunidades en una única factura.Pero puede solicitar un desglose en las facturas de aquellos gastos que sean solo de su comunidad.Pero resumo: los gastos abonados por la Comunidad, son propiedad de la Comunidad.

Como propietaria de garaje nada más puedo utilizar los elementos comunes como gimnasio piscina etc . En caso contrario puedo pedir eliminen de mi cuota mensual dichos gastos

Aurora Hernandez | oct 11, 2019
Miguel Adminfergal- Administrador de Fincas | oct 11, 2019

Hola. Puedo contestarte si lo deseas a través de mi blog de adminfergal.es. requiere una pregunta más extensa y una contestación acorde a la pregunta.

Buenas, es verdad que despues de una votacion vecinal hay que esperar 30 dias por si algun vecino que no haya asistido a dicha reunion pueda ejercer su voto?

Fernando Carrasco | oct 11, 2019
Alicia Pastrana | oct 11, 2019

Así es, tal y como lo ha explicado el compañero Miguel

Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Los acuerdos adoptados son válidos desde la celebración de la Junta.El periodo de 30 días naturales a los propietarios ausentes es cierto que debe ser respetado. Pero tenga presente, que los acuerdos para los convecinos ausentes si no quieren que el acuerdo o los acuerdos sean tomados, deberá salvar su voto e impugnar procesalmente lo acordado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Una administradora de fincas se puede hacer con una llave del portal de la comunidad sin permiso para entregarsela a un tercero?

CRISTINA HELGUERA | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

No.

Mi administradora de fincas me confima que existe un portal oficial de administradores de fincas, en el cual aparecen las tarifas profesionales públicamente. Dónde están esas tarifas? Gracias

Eva M | oct 11, 2019
Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Tal y como dicen mis compañeros desde la aplicación de la ley ómnibus no hay tarifas. Hay libertad de precios.

a l | oct 11, 2019

No existe tal cosa y ademas está estrictamente prohibido

Miguel Adminfergal- Administrador de Fincas | oct 11, 2019

No hay tarifa oficial ni tarifa orientativa, como bien dice mi compañer@ la ley ómnibus las eliminó. Hoy este tema esta muy mirado por la Comisión Nacional del mercado de la competencia

optimizo comunidades s.l | oct 11, 2019

Las tarifas no existen debido a la ley ómnibus hay libertad de precios

En Subasta Judicial, he adquirido una vivienda con deudas atrasadas si le solicito a nuestro Administrador Colegiado un certificado con el importe de estas deudas, tiene obligación de facilitármelo para poder justificarlo en Organismos Públicos

jose rubio chana | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Buenos días, La respuesta la tiene en el Art.9.1 e) inciso 4 de la Ley de Propiedad Horizontal.En ella se indica que el transmitente de la finca debe hallarse al corriente de pago de los gastos comunitarios. Y añade que que será obligación del Secretario con el visto bueno del Presidente emitir un certificado.Si su Administrador es ( como suele ser frecuente) el Secretario de la Comunidad deberá extender el certificado de corriente de pagos previo pago de dicha gestión al derivar de una relación jurídica privada. En resumen: si el Administrador es Secretario debe extender dicho certificado, en caso contrario será obligación del que sea Secretario de la Comunidad o del Presidente ya que es legalmente el responsable procesal y extraprocesal de la Comunidad.

¿Donde se puede remitir la documentación sobre un Administrador que incumple claramente casi todos los criterios establecidos por este Colegio y por el Consejo Superior respecto a su relación con los miembros de las Comunidades (sus clientes)?

Yolanda Fernandez Jurado | oct 11, 2019
Sandra DELGADO MARQUETA | oct 11, 2019

Puedes remitirlo a la secretaria del colegio para que ellos se lo hagan llegar al departamento deontológico. Si necesitas alguna información quedó a tu disposición.

Yolanda Fernandez Jurado | oct 11, 2019

Muchas gracias por la información

Cuánto tiempo tiene un administrador en entregar a otro administrador la documentación por cambio de administrador?

Angel mariño | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Depende.Para la entrega total de la documentación se establece habitualmente un periodo de un mes y medio, pero para la gestión inmediata de los asuntos corrientes de la Comunidad, con 10 días sobrarían ( libro de actas, contratos claves de acceso a la cuenta, etc..)

quiero saber si el Administrador de Fincas Tena & Segura estan colegiados en Madrid. Gracias Gloria

Antonio Del pozo | oct 11, 2019
Santi | oct 11, 2019

Debes saber el nombre del administrador. Entra en la web del colegio www.cafmadrid.es y lo compruebas. Para ejercer la profesión de administrador de fincas es obligatorio estar colegiado. Saludos

Miguel Adminfergal- Administrador de Fincas | oct 11, 2019

Acceda a la web de Cafmadrid y en una de las pestañas pone buscar administrador de fincas y ahí mismo puede verlo y comprobarlo. Saludos

Hay que igualar al portero de fincas el salario mínimo establecido por el gobierno ?

Rafa | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Si. El portero es un trabajador de la finca, po lo que su nómina, se compondrá del salario mínimo interprofesional,( el establecido por el Gobierno) más los complementos fijados en el Convenio específico de Empleados de Fincas Urbanas.

¿Disponen ustedes para su venta el texto de la LPH en versión actualizada.? ¿Cual es su precio?. ¿Qué horario tienen?.

Rafael Fernandez Fernandez | oct 11, 2019
Miguel Ángel Fraile | oct 11, 2019

Si claro.Hay manuales comentados de la LPH que siempre resuktan interesantes para aclarar dudas.

Alicia Pastrana | oct 11, 2019

En el Colegio lo pueden comprar. Creo que no llega a 10€. El horario del colegio es de 9-18h

Buenas noches Puede un administrador privar del derecho a voto a un propietario que debe un recibo sin comunicárselo con anterioridad a la junta y hacerlo públicamente delante de todos los asistentes en el momento de ir a votar el propietario?

rosa g.b | oct 11, 2019
Alicia Pastrana | oct 11, 2019

No debe. Deberia haber informado al deudor por escrito. Reclamarle el pago del recibo y dar un plazo para pagarlo. Si la deuda persiste, entonces debe informar a la Junta al i inicio de la misma

Mi administradora envía las actas manuscritas con letra poco legible, sin su firma ni identificación ni sello visible también ilegible y fotocopiado. Ella defiende esto. Cómo les permiten esto a sus colegiados? Me parece vergonzoso.

Ana C | oct 11, 2019
Ana C | oct 11, 2019

Ya las hemos llevado y no se han pronunciado. Por eso digo que es todo una tapadera.

Santi | oct 11, 2019

El Colegio de Administradores de Fincas no ampara ni permite una mala práctica de sus colegiados. Las actas es un documento muy importante y el administrador colegiado conoce perfectamente los requisitos que debe cumplir. Compruebe que su administradora este colegiada y en este caso presente su queja al Colegio que la Comisión de disciplina la estudiará y actuará en consecuencia.

Alicia Pastrana | oct 11, 2019

Las actas deben ir firmadas por el presidente y administrador y en letra clara y legible. Puede usted llevarlas al colegio de Administradores de Fincas y alli reclamar o cambiar de Administrador

He vendido una plaza de garaje y le pido a la administradora me facilite un escrito que estoy al corriente de pago y me dice que tengo que abonar por ello 30,00€ es legal?

Carmen Balloni Díaz | oct 11, 2018
Rafa | oct 11, 2019

A un portero de fincas hay que igualar el salario base al decreto ley del gobierno, 730 € m ?

Alicia Pastrana | oct 11, 2018

Si, es legal y ademas barato. Solo ella puede certificarlo

Santi | oct 11, 2018

Si. Es legal. Saludos

Buenos días, mi pregunta es, si en una comunidad de vecinos hay una empresa que tiene 10 pisos a la hora de votar, sus votos Valen por 10 o sólo cuenta como un voto. Gracias y un salido

Pilar Garcia Cozar | oct 11, 2018
jabbar | oct 11, 2019

Tengo una consulta sobre la posibilidad que hay en mi comunidad de que ante los arreglos que hay que realizar en la finca, la presidenta quiere pedir un crédito para sufragar gasto de la obra y quería preguntar por la posibilidad de negarme a que me incluyan en el crédito,aunque salga en la comunidad

Alicia Pastrana | oct 11, 2018

Es tal y como dice el compañero Luis del Castillo

Luis del Castillo Rodriguez | oct 11, 2018

Sólo es un voto. Pero para la doble mayoría se deben sumar los coeficientes de todas sus propiedades. Todo acuerdo que se toma por mayoría lo debe ser por número fe asistentes que a su vez supongan mayoría de cuotas de participación. Si vais a la reunión 8 vecinos y vuestros coeficientes suman 10% y además está empresa cuyos coeficientes suman 12.50%, aunque voteis todos a favor de algo, si ella Vota en contra se dará una mayoría de asistentes pero no de coeficientes y se tendrá que resolver en un proceso de equidad en un juzgado. O llegar con la empresa a un acuerdo. La forma de evitar que os gane por coeficiente y tener que ir al juzgado, que al final no va nadie por el coste que tiene, es que os junteis en la reunión, entre asistentes y representados más suma fe coeficientes que la suma de la empresa.

Si tengo sospechas que el administrador de la finca de Propietaríos,lleva quedandosé con dinero desde hace muchos años y puedo justificarlo,a quién o donde debo ir,hay algún medio que pueda hacer un Peritaje en economía.

Lucia C. | oct 11, 2018
Alicia Pastrana | oct 11, 2018

Lo puedes solicitar al colegio de administradores de fincas

Pueden facilitarme su numero de telefono, lo necesito para hacerles una consulta

Merche López | oct 11, 2018
a l | oct 11, 2018

91 5919670

En mi comunidad se convocaba reunión dentro de las zonas comunes y llegado el momento de celebrarlo se cambia el lugar a otro punto de la finca ningún tipo de aviso ni señalización ¿Se puede impugnar? ¿Cómo?

Juan Rodriguez | oct 11, 2018
Juan Rodriguez | oct 11, 2018

Realmente no se realizó en la misma finca pues son 2 comunidades unidas por la zona mancomunada donde se convocó la reunión y finalmente se realizó en la comunidad contraria a la mía.

Luis del Castillo Rodriguez | oct 11, 2018

Es un motivo de impugnación el cambio de ubicación física del lugar de celebración sin la debida antelacion. Si bien debe tenerse en cuenta que si se hizo dentro de la misma urbanización dependerá de la amplitud de ésta y del lugar donde se celebró finalmente, si también eran zonas comunes para poder responder con total exactitud. Para impugnar debe manifestar este hecho en el plazo de un mes desde que reciba el acta de forma fehaciente y a continuación en el plazo de un año presentar demanda en el juzgado de impugnación de la Junta General por no haberse celebrado en el lugar indicado en la convocatoria y haberle privado por ello de la asistencia, debiendo tener en cuenta siempre que hacen falta más detalles para una respuesta correcta a su planteamiento. Le sugerimos que acuda a un Administarsor de fincas colegiado o aún especialista en derecho, abogado, de propiedad horizontal, con su caso completo.

Que debemos de hacer cuando en las actas de las juntas el administrador no trascribe las decisiones que se han tomado. No toma nota de los ruegos y preguntas y se siguen poniendo las mismas opciones en la siguiente junta cuando ya se decidió que no.

Carla Garrido Iria | oct 11, 2018
Ricardo Jimenez Jimenrz | oct 11, 2018

Las actas de la junta de propietarios tienen que reflejar los asistentes en segunda convocatoria con los coeficientes de dichos asistentes, el orden del día, la hora y lugar de celebración, así como los acuerdos adoptados y cuorum de los mismos. Si se considera que no se reflejan los acuerdos, cualquier propietario puede ejercer su derecho de impugnación del acta ante la justicia ordinaria, en los plazos establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal.

Antonio Vicente | oct 11, 2018

Denunciar el hecho dentro del mes, desde que se recibe el acta, si antes el presidente no a corregido al administrador cuando le presenta a firmar el acta que debe presentarla como mucho diez días después de la Junta Ordinaria.

En mi comunidad somos 95 vecinos. A la última junta asistimos 35, de los cuales 17 votaron cambiar el servicio de conserjería y el resto no. ¿Son necesarias las 3/5 partes de los propietarios? ¿Es suficiente con la asistencia de los 35?

María Victoria Blázquez de Lera | oct 11, 2018
Irene Del Castillo | oct 11, 2018

Es suficiente la asistencia en segunda convocatoria sean el número que sean los impagados. La votación que vale es la de asistentes. Los que no asisten pueden, en todo caso, salvar su voto en el plazo de un mes y comunicar su intención de impugnar el acta. Pero la decisión adoptada en junta general no se modifica salvo suspensión judicial.

Comunidad de Propietarios sin Administrador colegiado. No comunican las convocatorias de reunion a cada vecino, solo el tablón del portal. Cómo nos enteramos los quw no vivimos en el edificio?. Y mucho màs. Gracias

Jose Miguel Perez Perez | oct 11, 2018
Luis del Castillo Rodriguez | oct 11, 2018

La Ley de Propiedad Horizontal expresa claramente que se debe notificar a todos los propietarios y los que no residen en la finca si han facilitado su domicilio a efectos de notificaciones dentro de España deben recibir también la convocatoria a cada reunión con la antelación prevista que es de 6 días para una junta ordinaria y del tiempo suficiente para poder asistir a una extraordinaria

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